¿Qué es Verifactu?
- Es el nombre común para referirse al reglamento que establece los requisitos para los sistemas informáticos de facturación (SIF) usados por empresarios y profesionales.
- Su objetivo es prevenir el fraude fiscal asegurando que las facturas generadas sean seguras, verificables y transparentes.
¿Qué exige?
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Generación y envío de un resumen de la factura:
- Al emitir una factura, el sistema debe crear un registro de facturación que incluye:
- Una huella digital para garantizar su integridad.
- Información enlazada con el registro anterior para evitar omisiones.
- Firma electrónica, si aplica.
- Al emitir una factura, el sistema debe crear un registro de facturación que incluye:
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Código QR en la factura:
- La factura debe llevar un código QR que permita al receptor escanearlo y enviar ciertos datos a la Agencia Tributaria para su verificación.
Tipos de SIF según el reglamento:
- Sistema VERI*FACTU: Remite automáticamente a la Agencia Tributaria un resumen estructurado de cada factura en el momento de su emisión.
¿Por qué se exige Verifactu?
- La medida busca combatir el fraude fiscal, siguiendo ejemplos de otros países europeos como Francia, Italia, Portugal y Alemania.
- Se basa en las recomendaciones recientes de la OCDE.
¿Qué ventajas ofrece este sistema?
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Flexibilidad de Implementación:
- No impone una forma específica de cumplir los requisitos, lo que permite adaptarse a las necesidades de cada empresa o profesional.
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Opciones de Soluciones:
- Se puede elegir entre soluciones basadas en software, hardware o combinaciones de ambos, promoviendo la competencia y reduciendo costes.
¿Qué ventajas aporta el uso de sistemas de facturación adaptados al reglamento?
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Reducción del fraude fiscal:
- Dificulta o detecta prácticas como la omisión o alteración de facturas, promoviendo una mayor justicia fiscal.
- Reduce la competencia desleal, garantizando que todos los empresarios cumplan con sus obligaciones tributarias.
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Modernización y digitalización empresarial:
- Estandariza los sistemas informáticos, facilitando el intercambio de información entre empresas y sus representantes fiscales.
- Simplifica la comunicación con la Agencia Tributaria, reduciendo costes y mejorando el cumplimiento tributario.
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Mayor transparencia y control para los receptores de facturas:
- Permite que los receptores, incluso de facturas simplificadas, puedan remitir fácilmente ciertos datos a la Agencia Tributaria para su verificación.
- Fomenta la transparencia en los negocios y desarrolla la cultura del cumplimiento fiscal.
¿Qué exige la Ley a los sistemas de facturación y gestión?
Los sistemas y programas informáticos utilizados por empresas y profesionales deben garantizar:
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Seguridad y Fiabilidad de los Registros:
- Integridad: Los datos no pueden ser modificados sin dejar rastro.
- Conservación: Deben almacenarse de forma segura y accesible durante el tiempo legalmente establecido.
- Accesibilidad y Legibilidad: La información debe poder consultarse y comprenderse fácilmente.
- Trazabilidad: Cada acción realizada en el sistema debe quedar registrada.
- Inalterabilidad: No se pueden eliminar o modificar registros sin dejar evidencia.
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Cumplimiento Técnico y Formatos Estandarizados:
- Los sistemas deben cumplir ciertas especificaciones técnicas y, en algunos casos, obtener una certificación oficial.
- Los formatos de los registros deben ser estándares y legibles para garantizar su comprensión y verificación.
¿Quiénes deben cumplir con el reglamento?
- Sistemas informáticos de facturación (SIF) que se utilicen para expedir facturas, incluyendo:
- Facturas completas y simplificadas.
- Emitidas tanto a otros empresarios como a consumidores finales.
- Siempre que los emisores estén obligados a facturar conforme a la normativa tributaria.
¿A quién no se aplica?
- No afecta a sistemas utilizados únicamente para generar otros documentos justificativos distintos de las facturas (por ejemplo, albaranes o tickets no considerados facturas simplificadas).
El artículo 201 bis de la Ley 58/2003 establece dos tipos de sanciones graves relacionadas con los sistemas informáticos de facturación:
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Fabricación, producción y comercialización de sistemas no conformes:
- Multa de 150.000 euros por cada ejercicio económico y por cada tipo de sistema que no cumpla con los requisitos.
- Si el sistema requiere certificación y no la tiene, la sanción será de 1.000 euros por cada sistema comercializado sin certificar.
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Tenencia y uso de sistemas no conformes:
- Multa de 50.000 euros por cada ejercicio económico si el sistema no cumple los requisitos, no está certificado (cuando sea obligatorio) o ha sido alterado o modificado tras su certificación.
